Exigencia ciudadana ante la violencia imparable en Sinaloa
lunes, 14 de octubre de 2024
Exigencia ciudadana ante la violencia imparable en Sinaloa
 


Ante los hechos de violencia que se están suscitando recientemente en Sinaloa, el hartazgo de la ciudadanía se ha hecho cada día más presente en cuanto al derecho a la Revocación de Mandato para el gobernador Rubén Rocha Moya, quien en enero pasado dijo no darle nervios dicha reforma, ahora, la ciudadanía exige ese derecho.

 

Por David Fuentes M.

 

“No me pone nervioso”, dijo el gobernador Rubén Rocha el pasado 2 de enero, al firmar la iniciativa reglamentaria de la Revocación de Mandato, durante su conferencia semanal.

 

Diez meses después, cuando el estado de Sinaloa se ha convertido en un caos por la violencia, el cierre de empresas y la declinación del Estado a cumplir con su obligación de dar seguridad a la ciudadanía, Rocha descartó su renuncia.

 

“No existe la posibilidad de que pudiera renunciar”, dijo, “me respalda la presidenta Sheinbaum”.

 

Pero hay varios indicadores que dejan claro que Rocha está perdiendo el respaldo de la ciudadanía, por lo que, la Revocación de Mandato podría ser una estrategia de voto de castigo para un mandatario enredado en sus propias telarañas políticas.

 

INDICADORES

 

El primero es una reciente encuesta dada a conocer por Mitofsky en la que se da a conocer que la popularidad de Rocha cayó cerca de dos puntos durante el mes de agosto.

 

La propia casa encuestadora indica que la medición se tomó antes de que comenzaran los hechos de violencia el pasado 9 de septiembre, por lo que una próxima encuesta arrojaría resultados muy distintos para el mandatario sinaloense.

 

El segundo es el clima de inconformidad social contra Rocha que impera en las redes sociales, donde ni la granja de “bots” pagados por el Gobierno del Estado ni las amenazas a los burócratas para que dejen buenos comentarios, han logrado esconder los cientos de miles de comentarios negativos contra el gobernador.

 

Ese descontento social fue creciendo como una bola de nieve que no ha cesado debido a que el Estado no ha demostrado capacidad para contener la violencia ni enfrentar a los grupos criminales que han elegido las calles de Culiacán y otros municipios para sus confrontaciones.

 

A la expresión “¿y dónde está Rocha?” le ha seguido “¡que se vaya!”, popularizadas ambas en las redes, la primera en alusión al silencio que mostró el gobernador desde el inicio de la violencia y la segunda para expresar el rechazo a su gestión.

 

En ese contexto ha resurgido la posibilidad de aplicarle la revocación de mandato, una opción que Héctor Melesio Cuén Ojeda estaba promoviendo. Sin embargo, tras su deceso, quedó como una tarea compleja que ningún movimiento social quiere o tiene la capacidad de emprender.

 

Sin embargo, más recientemente, desde la sociedad civil se han comenzado a escuchar voces que señalan que la revocación de mandato es una opción viable para darle cauce al repudio contra Rocha por la pérdida de confianza ante la ciudadanía.  

 

LA APROBACIÓN

 

La revocación de mandato en Sinaloa fue aprobada en el Congreso local desde mayo de 2022. Sin embargo, no fue sino hasta enero de 2024 que se expidieron las disposiciones regulatorias para su aplicación.

 

Desde su aprobación, se denunciaron distintas irregularidades en la versión local de la revocación de mandato con respecto a la iniciativa federal.

 

Por ejemplo, la más evidente, en la revocación de mandato federal se establece que esta medida sólo procederá a petición del tres por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores y que correspondan a por lo menos 17 entidades de la república.

 

En la ley aprobada en Sinaloa, en cambio, se necesita que sea el diez por ciento de ciudadanos inscritos en el padrón electoral y que correspondan a por lo menos 11 municipios para poder solicitar la revocación de mandato del gobernador, alrededor de 220 mil ciudadanos.

 

En la ley se establece que será el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa el encargado de organizar, desarrollar y realizar el cómputo de la votación para la revocación de mandato.

 

Este proceso podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de gobierno de quien ostente el cargo de gobernador, que en el caso de Rubén Rocha sería entre los próximos meses de noviembre y enero.

 

La jornada de votación se debería realizar el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria. El Consejo General del Instituto Estatal Electoral realizará el cómputo total de los votos y hará la declaratoria de resultados.

 

Posteriormente, remitirá toda la documentación al Tribunal Electoral que, a su vez, comunicará al gobernador y al Congreso del Estado los resultados de la votación para los efectos constitucionales que corresponden.

 

¿CÓMO SE HACE VÁLIDA?

 

Sin embargo, para que el ejercicio de revocación de mandato sea válido tendrán que participar al menos el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores. Sólo de esta manera, el resultado podrá ser vinculatorio

 

“Si los resultados de la Jornada de votación de la ciudadanía indican que procede la revocación de mandato, la persona titular del Poder Ejecutivo se entenderá separada definitivamente del cargo, cuando el Tribunal Electoral emita la declaratoria de revocación”, señala la ley.

Sin embargo, el gobierno de Rocha se anticipó a la posibilidad de ser el primer gobernador en ser destituido de su cargo mediante la revocación y antes de su aprobación reemplezaron a los funcionarios encargados de llevar a a cabo la consulta.

Para el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa eligieron como nueva presidenta a la magistrada Carolina Chávez Rangel, quien es hermana de Jesús Chávez Rangel, presidente del Supremo Tribunal de Justicia de Sinaloa, quien a su vez es compadre del ex secretario general de Gobierno, Enrique Inzunza Cázarez.

En caso de haberse revocado el mandato del Gobernador o Gobernadora, el Congreso nombrará dentro de los treinta días siguientes a quien concluiría el período constitucional.

 

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